11 pasos de un caso de inmigración en California
Para obtener una tarjeta de residencia en California, deberá pasar por un proceso de inmigración llamado ajuste de estatus. Un ajuste de estatus (AOS) es un proceso a través del cual los ciudadanos extranjeros elegibles pueden solicitar cambiar su estatus migratorio a residentes permanentes legales (LPR). Cuando solicita un ajuste de estatus para una tarjeta de residencia, no tendrá que viajar de regreso a su país de origen cuando expire su visa, sino que podrá permanecer en los EE. UU. hasta que el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los EE. UU. (USCIS) procese su solicitud y tome una decisión.
Antes de que pueda solicitar el ajuste de su estatus, deberá tener una visa válida y estar en un estatus migratorio legal. También debe asegurarse de que es elegible para el tipo de tarjeta de residencia que está solicitando. No se le permitirá ajustar su estatus si no cumple con los requisitos de elegibilidad. Estos son los 11 pasos de un caso de inmigración que debe conocer de un abogado de inmigración de Riverside de Fontes Law Group.
1. Verifique su elegibilidad para una tarjeta de residencia
Para ajustar su estatus para convertirse en un LPR, debe calificar bajo una de las siguientes categorías:
- Tarjetas de residencia basadas en la familia: cónyuges, hijos, padres o parientes cercanos de ciudadanos estadounidenses o
- Tarjetas de residencia basadas en el empleo: patrocinio a través de un empleador o basado en sus habilidades
- Tarjetas de residencia humanitarias o basadas en la diversidad: tarjetas de residencia a través de la lotería de diversidad, motivos humanitarios u otras razones
En general, los familiares inmediatos, los refugiados, los asilados y las personas con ciertos tipos de visas de trabajo pueden ajustar su estatus para convertirse en LPR. Para enviar una solicitud de AOS, debe cumplir con los siguientes criterios de elegibilidad:
- Cumplir con los requisitos de elegibilidad para el tipo de tarjeta de residencia que está solicitando.
- Haber ingresado a los EE. UU. legalmente con una visa válida y estar físicamente presente en el país.
- Su visa es válida.
- Ha presentado una petición I-130 que ha sido aprobada.
- Tiene un número de visa actual.
- Ingresó con una visa de prometido K-1 y se casó con su cónyuge estadounidense mientras su visa seguía siendo válida.
- Se le otorgó el estatus de refugiado o asilo, y ha pasado al menos un año.
- Es elegible para AOS bajo la Ley de Inmigración y Nacionalidad, Secc. 245(i).
Para calificar para AOS, su entrada más reciente a los EE. UU. debe haberse realizado legalmente con una visa válida o a través del Programa de Exención de Visa. La mayoría de los solicitantes deben tener un estatus legal al momento de solicitar un ajuste de estatus, aunque sus visas pueden vencer mientras esperan una decisión. Sin embargo, existe una excepción a esta regla general para aquellos que solicitan AOS en base a sus matrimonios con ciudadanos estadounidenses. En ese tipo de situación, puede solicitar AOS aunque haya excedido su visa. Sin embargo, su entrada original a los EE. UU. aún debe haber sido legal utilizando una exención de visa o una visa válida.
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Martin Fontes
Socio Gerente / Fundador
2. El patrocinador residente presenta la petición
Si ha confirmado su elegibilidad para el tipo de tarjeta de residencia que está solicitando, su patrocinador deberá presentar una petición ante el USCIS en su nombre. Si califica para una tarjeta de residencia basada en la familia, su familiar patrocinador presentará una petición por usted utilizando el Formulario I-130.
Si califica para una tarjeta de residencia basada en el empleo, su patrocinador deberá presentar un Formulario I-140 por usted. Finalmente, si su tarjeta de residencia se basará en razones humanitarias, su patrocinador deberá presentar un Formulario I-730 por usted.
3. Sea consciente de la regla de los 90 días
Incluso si califica para un ajuste de estatus, hay algunas otras cosas que debe comprender. La regla de los 90 días es particularmente importante. Según esta regla, cuando ingresa a los EE. UU. con una visa de no inmigrante, el gobierno espera que su estadía en los EE. UU. sea para los fines establecidos en su visa. Si ingresa a los EE. UU. con una visa de turista y luego se casa dentro de los 90 días de su entrada, el gobierno asumirá que tergiversó sus razones para ingresar en su solicitud de visa.
Si bien debe tener una visa válida antes de poder ajustar su estado, ingresar a los EE. UU. con una visa de no inmigrante con el único propósito de tratar de ajustar su estatus a LPR puede afectar negativamente su solicitud. Si solicita AOS en menos de 90 días después de su llegada, su solicitud podría ser denegada. Si el gobierno determina que hizo declaraciones falsas en su solicitud original para su visa de no inmigrante, también se le podría prohibir regresar a los EE. UU. por fraude.
4. Espere la decisión del USCIS
Después de que su patrocinador haya presentado su I-130, I-140 o I-730, tendrá que esperar a que USCIS lo apruebe o lo niegue. El período de espera puede durar meses, según el tipo de tarjeta de residencia que esté solicitando y otras circunstancias.
5. Verifique la disponibilidad de visas
Una vez que USCIS apruebe su petición, deberá verificar la disponibilidad de visas para su categoría de tarjeta de residencia. Esto variará según su país de origen, sus circunstancias y el tipo de tarjeta de residencia que está solicitando. Los familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses no tendrán un período de espera. Sin embargo, algunos solicitantes en otras categorías pueden tener que esperar meses o años. Puede verificar la disponibilidad de una visa visitando el sitio web del boletín de visas aquí.
6. Presentar la solicitud de ajuste de estatus
Cuando hay una visa disponible y tiene su número de visa, puede presentar el Formulario I-485 para ajustar su estatus. También debe presentar solicitudes de un documento de autorización de empleo (EAD) y un documento de libertad condicional anticipada que le permitan viajar mientras espera que el USCIS tome una determinación final sobre su solicitud de AOS. Solo puede presentar el Formulario I-485 después de haber recibido un número de visa.
Para trabajar mientras espera su tarjeta de residencia, deberá presentar el Formulario I-765 para obtener su EAD. Para viajar al extranjero mientras espera, deberá presentar el Formulario I-131 con el Formulario I-485. Cada uno de estos diversos formularios requiere documentos de respaldo. Su abogado de inmigración en Santa Ana de Fontes Law Group puede ayudarlo a comprender los tipos de documentos que deberá presentar para asegurarse de que su solicitud esté completa y totalmente respaldada.
7. Asistir a la cita de biometría
Después de que USCIS reciba su solicitud I-485 AOS, le enviará la fecha, el lugar y la hora de su cita biométrica. En esta cita, se tomarán sus huellas dactilares, un escaneo ocular, una fotografía y una firma para que el USCIS pueda realizar una verificación de antecedentes penales a través de la base de datos del FBI.
8. Asista a la entrevista de la tarjeta de residencia si es necesario
Después de que USCIS reciba su verificación de antecedentes y revise su Formulario I-485, es posible que se le pida que asista a una entrevista en persona. No todos están obligados a asistir a una entrevista. Sin embargo, si es así, debe estar preparado. Durante su entrevista, prestará juramento. El oficial le hará preguntas sobre su solicitud, antecedentes y documentos de respaldo.
9. Presentar evidencia adicional
El USCIS podría pedirle que presente evidencia adicional para considerar. Si es así, recibirá una solicitud formal de información por correo. Si recibe este tipo de solicitud, asegúrese de cumplir y enviar los documentos que necesitan. También es posible que lo llamen para una segunda entrevista para dar seguimiento a cualquier pregunta que USCIS pueda tener.
10. Decisión de inmigración
El USCIS finalmente decidirá si otorga o deniega su solicitud de AOS. Si acepta su solicitud, el USCIS le enviará un aviso de aprobación por correo. Recibirá su tarjeta de residencia física posteriormente. Si fue entrevistado, recibirá una decisión sobre su solicitud poco después de la entrevista. Su solicitud podría ser aprobada o denegada. Si ajustó su estatus de una visa de prometido K-1 a una tarjeta de residencia basada en el matrimonio, su tarjeta de residencia será condicional y debe renovarse en dos años. Puede verificar el estado de su solicitud de tarjeta de residencia yendo al rastreador de casos en línea e ingresando su número de recibo.
11. Comprender una negación
Si el USCIS rechaza su solicitud de AOS, su estado migratorio en los EE. UU. ya no será legal. Si tiene un EAD después de presentar el Formulario I-765, su autorización de empleo tampoco será válida, por lo que deberá dejar de trabajar de inmediato. Dado que querrá evitar acumular presencia ilegal, deberá hacer planes para salir de los EE. UU. tan pronto como pueda.
Su solicitud de AOS podría ser denegada por múltiples razones, incluido el llenado incorrecto de un formulario, la entrega de un formulario incompleto, las tarifas de presentación incorrectas o la determinación de que no era elegible para el tipo de tarjeta de residencia que solicitó. En algunos casos, es posible que se le permita presentar una nueva solicitud de tarjeta de residencia. Sin embargo, no será una solicitud AOS si no tiene una visa válida. En otros casos, es posible que no se le permita volver a solicitar una tarjeta de residencia. Esta es una buena razón para trabajar con un abogado experimentado en inmigración de Riverside de Fontes Law Group desde el principio para evitar posibles errores y negaciones.
Obtenga ayuda de un abogado de inmigración en Santa Ana
Si ingresó a los EE. UU. legalmente y cree que podría ser elegible para ajustar su estatus para convertirse en residente permanente legal, debe hablar con un abogado de inmigración con experiencia en Fontes Law Group. Podemos ayudarlo a confirmar su elegibilidad y ayudarlo a enviar los formularios correctos y los documentos de respaldo. Contáctenos hoy para programar una cita.