Fontes Law Group

Representación de Deportación en Santa Ana

Abogados de deportación con experiencia en Santa Ana y Riverside

Abogados de inmigración que lo acompañan en la corte, protegen sus derechos y luchan por mantener a su familia unida

Fontes Law Group, PC ha representado con éxito a clientes en casos complejos de deportación y remoción ante la corte de inmigración, la Junta de Apelaciones de Inmigración y el Tribunal de Apelaciones del Noveno Circuito.

Los procesos de remoción son el asunto más serio del derecho migratorio. Una Notificación de Comparecencia pone su capacidad de permanecer en Estados Unidos, y muchas veces la estabilidad de su familia, en manos de un juez de inmigración. Fontes Law Group ha representado a clientes en estos casos ante la Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración (EOIR) desde la fundación del bufete, y también tenemos experiencia ante la Unidad de Apelaciones Administrativas, la Junta de Apelaciones de Inmigración y el Tribunal de Apelaciones del Noveno Circuito.

Defensa contra la deportación dirigida por Martin C. Fontes

Nuestro departamento de representación de deportación está dirigido por Martin C. Fontes, quien ha ejercido el derecho de inmigración por más de dos décadas y ha representado a miles de inmigrantes y sus familias. Como equipo, tenemos la experiencia, la profundidad y la flexibilidad para satisfacer las necesidades de nuestros clientes ante la Corte de Inmigración presentando una amplia gama de formas de alivio, en español o en inglés, desde nuestras oficinas en Santa Ana y Riverside.

Formas de alivio que presentamos ante la Corte de Inmigración

Las defensas disponibles dependen de su historial migratorio, sus lazos familiares, cuánto tiempo ha vivido en Estados Unidos y, en algunos casos, lo que enfrentaría si fuera devuelto a su país de origen. Evaluamos todas las opciones, incluyendo:

  • Cancelación de deportación EOIR-42A para residentes permanentes legales
  • Cancelación de deportación EOIR-42B para no residentes con familiares ciudadanos o residentes que califiquen
  • Ajuste de estatus ante el juez de inmigración
  • Asilo, suspensión de deportación y protección bajo la Convención contra la Tortura (CAT)
  • Procedimientos de fianza para lograr la libertad durante el proceso
  • Casos de detenidos o en custodia
  • Alivio bajo la antigua sección 212(c) para ciertos residentes de larga data con condenas antiguas
  • Suspensión de la deportación
  • Perdón bajo la sección 237(a)(1)(H) por fraude o tergiversación en la admisión
  • Peticiones I-751 para remover las condiciones de la residencia
  • Peticiones para jóvenes inmigrantes especiales

Cómo funciona un proceso de remoción

El caso comienza cuando el Departamento de Seguridad Nacional presenta una Notificación de Comparecencia ante la Corte de Inmigración. Si usted está detenido, el primer paso suele ser una audiencia de fianza. El caso avanza después por una o más audiencias de calendario maestro, donde se responde a los cargos y se identifican las formas de alivio, hasta una audiencia individual en la que se presentan las pruebas y el testimonio y el juez decide.

La decisión del juez de inmigración no es necesariamente el final. Las decisiones adversas pueden apelarse ante la Junta de Apelaciones de Inmigración y, en los casos apropiados, ante el Tribunal de Apelaciones del Noveno Circuito. También pueden estar disponibles mociones para reabrir o reconsiderar cuando cambian las circunstancias o surge nueva evidencia.

Tarifas fijas razonables con planes de pago disponibles

Cotizamos tarifas razonables para nuestros asuntos de representación de deportación. Se aceptan con una tarifa fija y hay planes de pago disponibles. Nuestros servicios sofisticados, eficientes, asequibles y centrados en el cliente nos distinguen de otras oficinas mientras ayudamos a nuestros clientes a lograr sus objetivos de inmigración.

Recursos útiles

Preguntas frecuentes

¿Qué es una Notificación de Comparecencia?

La Notificación de Comparecencia (NTA) es el documento que inicia el proceso de remoción. Enumera las acusaciones en su contra y la razón por la que el gobierno dice que usted es deportable, e indica cuándo y dónde debe presentarse ante la Corte de Inmigración. Faltar a esa audiencia puede resultar en una orden de deportación en ausencia, así que contacte a un abogado tan pronto la reciba.

¿Puedo salir de la detención migratoria?

Con frecuencia, sí. Muchos clientes detenidos son elegibles para una audiencia de fianza, en la que el juez decide si usted representa un riesgo de fuga o un peligro para la comunidad y fija un monto. Algunas personas están sujetas a detención obligatoria por su historial penal; revisamos su expediente para determinar qué categoría aplica y preparamos la solicitud de fianza.

¿Qué es la cancelación de deportación?

Es una forma de alivio que permite a un juez de inmigración detener una deportación y, para los no residentes, otorgar la tarjeta verde. Los residentes permanentes solicitan con el formulario EOIR-42A; los demás con el EOIR-42B, y generalmente deben demostrar diez años de presencia continua, buen carácter moral y dificultades excepcionales y extremadamente inusuales para un cónyuge, padre o hijo ciudadano o residente.

¿Qué pasa si el juez de inmigración falla en mi contra?

Generalmente tiene 30 días para apelar ante la Junta de Apelaciones de Inmigración. Según los asuntos en disputa, puede presentarse una petición de revisión ante el Tribunal de Apelaciones del Noveno Circuito. En algunos casos una moción para reabrir es el mejor camino, por ejemplo cuando nueva evidencia o un cambio en la ley afecta su elegibilidad para el alivio.

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